lunes, 30 de agosto de 2021

EESS 7MO S17

 Gobierno de las Provincias

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REFLEXIÓN.

 

¿Cuál es la máxima autoridad de una provincia? ¿Cómo se relaciona esta autoridad con el gobierno central y con los habitantes a los que representa?

Relaciona estas palabras con el tema: autonomía, principio de solidaridad, subsidiariedad, equidad, integración y participación.

 ACTIVIDADES DE DESARROLLO (CONCEPTUALIZACIÓN)

Gobiernos Autónomos Descentralizados

A los gobiernos de las circunscripciones territoriales la Constitución vigente los llama “Gobiernos autónomos descentralizados” y con frecuencia se los menciona por sus siglas: “GAD”. Autónomos pues se rigen a sí mismos en su circunscripción, aunque la suya no sea una autonomía total pues son parte de un país y las leyes obligan a todos.

 Por eso, el artículo 238 de la Constitución dice que “los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.  Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales”.



En el texto citado hay mucho que aprender. Primero, los principios que deben regir a los GAD. Ser solidario es apoyar causas ajenas, es decir no ser egoístas. La subsidiariedad es que los problemas deben resolverse en el nivel más cercano, y solo subir de nivel si son más complejos. Es decir, el Estado central no debe meterse en resolver lo que puede solucionar el municipio (gobierno del cantón) y este no meterse en lo que puede resolver la junta parroquial.

Equidad sabemos que es equilibrio, reparto justo, en este caso entre los territorios. Integración es trabajar juntos. Y participación es que la población tiene que conocer, opinar, discutir los temas y no solo dejar solas a las autoridades, aunque estas sean elegidas por el pueblo para gobernar.



El artículo transcrito también determina que la autonomía no debe llevar a la secesión, es decir a la separación de un GAD de la circunscripción a la que pertenece ni, por supuesto, de la nación. Cada nivel de la organización territorial del Estado tiene su correspondiente gobierno, es decir sus órganos específicos de poder. 

Las regiones (cuando existan), los distritos metropolitanos, las provincias y cantones tienen, además de una función ejecutiva, una legislativa y unas instancias de participación ciudadana. Es decir, por un lado tienen nen una persona que es la máxima responsable de la administración, la que ordena, tiene potestad de realizar nombramientos y exigir que le rindan informes sus subordinados; por otro lado, tienen un cuerpo colegiado para legislar en el ámbito de su competencia, y, finalmente, por otro lado, tienen unos mecanismos para que la ciudadanía participe en la discusión de las prioridades, programas y proyectos de la administración.



Las provincias están regidas por los consejos provinciales. Como máximo ejecutivo tienen al prefecto o prefecta provincial, así como a un viceprefecto o viceprefecta que lo sustituye. Ambos son elegidos directamente en votación popular y forman un binomio o fórmula electoral.

Tienen como legislativo, el que puede emitir normas y disposiciones, un cuerpo colegiado que está integrado por los alcaldes y alcaldesas de los cantones de la provincia o concejalas o concejales en representación de ellos, y representantes elegidos de entre quienes presidan las juntas parroquiales rurales. Ello busca asegurar una mayor articulación entre consejos provinciales, concejos municipales y juntas parroquiales rurales, y una adecuada representación de las unidades territoriales que componen la provincia.

La sede del consejo provincial es la capital de la provincia. El prefecto o prefecta, como se mencionó anteriormente, es la máxima autoridad administrativa y, además, preside el consejo provincial con voto dirimente (lo que significa que cuando hay empate en las votaciones su voto es el que decide).

Características de las provincias

El Ecuador está organizado en 24 provincias, cada una con sus características sociales y geográficas propias, fuente de su riqueza y de su orgullo. Para comenzar, una importante características es la región geográfica en la que se encuentra la mayor parte de su territorio, es decir en la Costa, la Sierra o la Amazonía, aunque hay algunas provincias, especialmente de la Sierra que tienen también segmentos de su territorio en la Costa.

Esto sucede por razones históricas, y es que la colonización de las tierras bajas, sobre todo en los siglos XIX y XX, fue haciéndose desde las altas, con lo que sus pobladores quedaron ligados a las provincias de donde provenían y, en consecuencia, también sus territorios.

 


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